jueves, 15 de mayo de 2014

¿Cuánto cuesta un vientre de alquiler?

La gestación subrogada es un proceso costoso que no está al alcance de cualquier, por eso es tan importante que las personas interesadas en contratar un útero o vientre de alquiler estén informadas correctamente y conozcan las ventajas e inconvenientes.
En EE.UU. el coste puede superar los 100 mil euros, pero esta cantidad puede variar en función de algunos factores que suceden durante el proceso:
  • Si los futuros padres aportan el material genético o van a optar por donantes.
  • Si los interesados residen más cerca o más lejos de la madre de alquiler y del lugar donde ésta dará a luz.
  • Del margen que se llevan los implicados en el proceso.
  • Que aparezcan o no complicaciones durante el embarazo o el parto.
  • De los ciclos de fecundación in vitro necesarios para que la gestante consiga el embarazo.
No obstante, existen otros países donde puede conseguirse una madre de alquiler por un precio inferior. Por ejemplo en India el coste puede rondar los 20.000 euros, de los cuales en muchos casos la madre de alquiler percibirá aproximadamente un tercio.
En cualquier caso, es conveniente también valorar los pros y contras de realizarlo en los diferentes lugares donde está permitida esta práctica (medidas higiénicas o de seguridad para la madre al dar a luz, explotación por parte de mafias…).

 California está a la cabeza de este método de reproducción. En EEUU llevan tres décadas con este tipo de procesos, son pioneros en madres subrogadas y por tanto tienen todos los trámites totalmente legalizados y no hay vacíos legales.
Para que una candidata pueda optar a alquilar su vientre se debe someter a un proceso exhaustivo que conlleva una gran cantidad de pruebas y evaluaciones como exámenes psicológicos, controles de informes policiales, informes obstétricos, revisiones de póliza del seguro médico, realización de todo tipo de pruebas médicas y pasar un proceso de selección.
España es uno de los países de la Unión Europea que más ha crecido en cuanto a este tipo de prácticas, pero ¿es imposible que aquí se desarrollen técnicas y procesos tan complejos como los de California? porque para ello habría que modificar mucha legislación además de crear un Comité de Investigación que trabajase sobre el campo.

 Otro tema  es si ¿Todos los vientres 'cuestan' igual? Internet está lleno de anuncios de mujeres que se ofrecen para ser madre de alquiler. Descripciones, presiones, confidencialidad. "Todo parecen ser facilidades para aquellas personas que hipotecan su vida por alcanzar un sueño: tener un hijo biológico".
Precisamente por alcanzar un sueño, los precios oscilan desde los 30.000 euros para una madre de alquiler en la India, Georgia o Ucrania, hasta los 100.000 en California.
¿Por qué los precios son tan dispares? Las madres de alquiler en países como La India no están sometidas a las mismas pruebas y controles que, por ejemplo en California. Las mujeres en La India recurren a este sistema por necesidad, por miseria, mientras que en California las mujeres buscan mejorar su calidad de vida, por ejemplo, ofreciendo mejores colegios o universidades a sus hijos.
Lo más habitual es desplazarse a países donde la maternidad subrogada cuenta con amparo legal. Está condición se da en lugares como Rusia, India, Canadá, Israel, Grecia, Nueva Zelanda, Sudáfrica o Ucrania aunque donde mayor seguridad jurídica hay es en California. El alquiler de úteros presenta graves problemas legales para los padres y madre gestante si no se hace en un país donde son legales o tolerados.
Como en todo, hecha la ley hecha la trampa y la picardía. En 2008 saltaba a los medios una gran estafa de una empresa americana que se dedicaba por Internet ha hacer negocios con los anuncios de madres de alquiler.


Rebeca Pérez 

Tráfico de mujeres en China

Cada más vez más mujeres procedentes del sudeste asiático entran ilegalmente en china, donde son vendidas a aldeanos o forzadas a prostituirse, según un alto responsable del ministerio de Seguridad Publica citado en el diario China Daily.

"El número de mujeres extranjeras trasladadas clandestinamente en china está en alza sin ninguna duda", afirmó Chen Shiqu, Director de la Oficina de Represión de Tráfico Humano del Ministerio, quien sin embargo no preciso una cifra que pueda medir la amplitud del fenómeno. "Esas mujeres proceden por lo general de regiones rurales pobres de Vietnam, de Laos y de Birmania y a menudo son atraídas por traficantes que les prometen un empleo bien remunerado o una boda con un chino rico."

Las víctimas son vendidas con frecuencia en las regiones rurales chinas como esposas a aldeanos locales o forzadas a ofrecer servicios sexuales en prostíbulos clandestinos de las regiones costeras fronterizas de china. El precio de una mujer varía entre los 20000 yuanes (2350 euros) y los 50.000 yuanes (5870 euros), según su apariencia y su nacionalidad. También es frecuente que los menos afortunados se casen a menor coste con mujeres procedentes de regiones pobres, que les fueron presentadas por traficantes que las compran en sus regiones de origen para revenderlas después.

Este es otro de los grandes problemas que ha supuesto la Política de Hijo Único en China, y el hecho de que a la mujer no se la considere por debajo del hombre, por lo que al poder tener las parejas chinas a un solo hijo, el engendrar a una mujer supone una carga, lo que puede provocar actos de abandono, infanticidio o abortos. Con ello el número de mujeres en proporción al de los hombres es mucho menor, por lo que esta práctica del tráfico de mujeres se ha incrementado durante estos años. Otro motivo ha sido la estructura de la unidad familiar tradicional y la aceptación de la mujer incluso por parte de la propia mujer debido al arraigo de las costumbres y creencias Chinas sobre las estructuras familiares. Todo esto, puede explicar cómo, a pesar de los procesos de reeducación que se han comenzado en algunas regiones de China en las últimas décadas, la demanda de mujeres en el mercado interno chino del tráfico de personas siga siendo tan elevada. Finalmente todos estos motivos se pueden agrupar en otro mucho más complejo y que suelen tener en común todas esas víctimas  de esta práctica, la pobreza.


A mi parecer, esto es una práctica atroz resultante de una medida para controlar la población en China, la cual no parece que se hubieran pensado a fondo las consecuencias. Debido a la gravedad y a lo complejo del asunto, la solución se debe plantear desde los poderes públicos así como desde la ciudadanía. Ya que no es lo mismo un niño o una mujer indefensa que toda la ciudadanía. Además, se podría decir que China ya tiene medios para combatir todo este asunto. De todas formas, sigue siendo muy importante el continuar fomentando valores que consideren a las mujeres de una forma mucho más positiva, y también aquellos valores que impidan considerar aceptable que una persona tiene derecho sobre la vida de otra, así como concienciar a la población en China de la barbaridad de esta práctica. 

http://www.emol.com/noticias/internacional/2011/12/03/515465/aumenta-el-trafico-de-mujeres-a-china-desde-el-sudeste-asiatico.html

                                                                                                                          Yaiza Suárez Ruiz

miércoles, 14 de mayo de 2014

Trafico de órganos en España



















La trata de personas o comercio de personas es el comercio ilegal de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexualtrabajos forzados, extracción de órganos. He decidido centrarme en estos últimos, puesto que es el tráfico más oculto que hay en el mundo moderno y del que apenas se sabe nada.

Debido a la escasez de donantes y a las largas listas de esperas para recibir un órgano numerosas personas con recursos se decantan por el trafico ilegal de órganos o mercado negro de órganos. Para ello voy a definir que es el trafico de órganos, El tráfico de órganos consiste en el transporte y cesión de órganos con el fin de obtener un beneficio económico. Esta actividad se considera ilegal en gran parte del mundo. En las últimas décadas defensores de los derechos humanos han denunciado casos de presunto tráfico de órganos en todo el mundo. Las victimas más comunes son tanto niños como mujeres.

La primera operación policial contra el tráfico de órganos en España aunque resulte poco creíble data tan solo del día 12 de marzo de 2014, con la noticia siguiente:


Cinco detenidos en el primer caso de venta de órganos detectado en España

Un rico político libanés ofreció 40.000 euros a inmigrantes irregulares por una parte de su hígado

Una ONG de Valencia denunció esta operación frustrada

  • Nueve personas estuvieron dispuestas a donar su hígado por 40.000 euros



En ella se cuenta como un grupo de 5 personas había llegado a convencer a nueve personas para la donación de una parte de su hígado para un rico Libanes recibiera el trasplante,  a cambio de 40.000 euros, su objetivo habían sido inmigrantes y personas en situaciones irregular en España, tras la detención de las 5 personas, y del implicado en la compra del órgano, se conoce que los propios médicos de una clínica privada de Valencia le habían hablado de la donación clandestina, por lo que cuenta la noticia llegaron a tener un donante pero en el momento de la donación el rico Libanes se dio cuenta de que este era una mujer y que su religión lo prohibía gracias a ello le dio tiempo a la guardia civil a enmascarar la primera trama de trafico de órganos en España. España es el primer país en trasplantes de órganos del mundo "legales" por ello las autoridades han descartado que nuestro país se vaya a convertir en turismo sanitario para esta clase de personas.

Por lo que he podido leer países como china o brasil están viviendo una de las olas más potentes de trafico de órganos debido a que un gran número de personas que habitan en este país se encuentran por debajo del umbral de la pobreza.

En mi opinión aunque este tipo de tráfico aun es muy clandestino espero que en España la situación no llegue a ser como la que se vive en china o brasil en la que por lo que he podido leer las mismas personas se anuncian por Internet o en plena calle para vender sus órganos a cambio de una sustanciosa cantidad de dinero.



                                                                                        Alejandro Coloma Ortega 3º A

Agente fuera de servicio

Todos escuchamos la noticia el 21 de enero de 2013.
Alrededor de las dos de la tarde, una mujer de unos 50 años ha caído a las vías del metro en la estación de Marqués de Vadillo al perder el conocimiento. Un policía nacional fuera de servicio que se encontraba en el anden ha saltado a sacarla.

El conductor del tren, al que únicamente le quedaban 80 metros para llegar al anden, pudo frenar a tiempo sin necesidad de utilizar el freno de emergencia al ver que alguien corría por la vía. La mujer, que desconoce la causa de su desmayo, por suerte solo sufrió una leve contusión en la cabeza.

Aunque hay mas gente joven en el anden, Rubén, el héroe de esta historia, fue el único que acudió en auxilio de esta mujer.

Se puede observar que este agente de la policía nacional cumplió con el articulo 6 del decálogo ético del cuerpo nacional de policía, aunque dicho decálogo en ese momento no existía.

Tal articulo dicta: "Dar un trato esmerado a los ciudadanos a quienes se ofrecerá información suficiente, auxiliándoles en aquellas situaciones que requieran una actuación inmediata para evitar riesgo o desamparo".

Aunque Rubén no estaba de servicio, y había mas personas en el anden que podían haber reaccionado, solo el acudió a su rescate actuando sin pensar en las posibles consecuencias, pues considera que ese es su deber.



Raquel Hernando San Juan

¿Cuestión de ética o de lógica?

El pasado 7 de mayo, en Javalí Nuevo (Murcia) la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Murcia impidió el desahucio de Loli García y Antonio Ortega. La familia, formada por la pareja y sus tres hijos menores de edad, se enfrentan al desalojo de su vivienda por una deuda con un prestamista. Esta era la sexta vez que intentaban desalojarlos. 

A pesar de que la comisión judicial y las fuerzas de seguridad se encontraban en el edificio desde las seis de la mañana, la presencia de los miembros de la PAH imposibilitaron su acceso a la vivienda. Aunque se vivieron ciertos momentos de tensión con los allí presentes, los agentes de la Policía informaron a la comisión judicial de que no se podía llevar a cabo el acceso a la vivienda.

Según Joaquín Sánchez, miembro de la PAH, para acceder a la vivienda "había que carga contra la gente, y el sentido común ha primado". Asegura que "la actitud de la Policía ha sido muy constructiva y razonable, a diferencia de otras actuaciones. Han sido humanos y cercanos a la realidad." 

Pero, ¿cual ha sido el motivo que ha impulsado a los agentes de policía a detener el desahucio?. En las redes sociales este suceso es descrito como una victoria moral, con titulares como "los antidisturbios se niegan a cargar", pero es realmente este el motivo e su actuación?. Hay que resaltar que los miembros de la PAH allí presentes resaltan que el comportamiento de los agentes fue correcto y razonable, adjetivos que en el ultimo año no suelen asociarse a las fuerzas de seguridad del estado. Por otra parte, si el fin último era lograr el acceso a la vivienda, realizar cargas ante una veintena de personas, las allí concentradas, no es un medio que asegure el alcance de dicho fin.

En vista de que no existen declaraciones oficiales por parte de las fuerzas de seguridad del estado, la verdad de los motivos, de momento permanecerá oculta.


Fuente: http://elpajarito.es/region/193-hipotecas/8213-los-antidisturbios-se-niegan-a-cargar-y-la-pah-evita-el-desahucio-de-javali-nuevo.html

Raquel Hernando San Juan

30 años entre rejas, doctrina Parot.


Los 30 años entre rejas

A finales del año pasado, conocíamos mediante los medios de comunicación la salida de prisión de la etarra Inés del Río, y con ello resurgía el debate de la Doctrina Parot.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia), condenó por unanimidad al Estado español a pagar 30.000 euros por daños morales a la etarra Inés del Río Prada por aplicarle la 'doctrina Parot', ya que según la Sección Tercera del TEDH la doctrina vulneraba los derechos fundamentales de la etarra y ha instado a dejar en libertad a la terrorista en el "plazo más breve" posible.

La etarra ingresó en prisión en febrero de 1989. En vista de la conexión jurídica y cronológica de los delitos, la Audiencia Nacional acumuló las diferentes penas y fijó en 30 años la duración total de cumplimiento de condena, de acuerdo con el límite previsto en el Código Penal de 1973.

El Ministerio del Interior, a través de Instituciones Penitenciarias, fijó la salida de prisión de Inés del Río Prada para el 2 de julio de 2008, teniendo en cuenta las redenciones por los trabajos que realizó en prisión. Pero esta resolución fue anulada en mayo de 2008 por la Audiencia Nacional, que solicitó a Instituciones Penitenciarias que realizará un nuevo cálculo de licenciamiento de la etarra en aplicación de la doctrina Parot.


Finalmente, en junio de ese año, la Audiencia Nacional retrasó la salida de prisión de Del Río Prada hasta el 27 de junio de 2017. La terrorista aseguró en su recurso ante el TEDH que el Estado español había aplicado la jurisprudencia del Tribunal Supremo de forma retroactiva, vulnerando así el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que no se pueden dictar condenas que no estén sujetas a la ley.

Del Río también invocó la vulneración del artículo 5 (derecho a la libertad) y del artículo 14 (prohibición de la discriminación) del Convenio. En su recurso aseguraba que la aplicación de la doctrina Parot por parte de los tribunales españoles tenía un objetivo político con el fin de retrasar la puesta en libertad de las personas condenadas por terrorismo.

 


La conocida como 'doctrina Parot', establecida por el Tribunal Supremo en el año 2006, establece que los beneficios penitenciarios se aplican al total de las condenas y no al máximo legal de permanencia en prisión (30 años según el antiguo Código Penal y 40 según el nuevo).

El recurso ante el TEDH contra esta doctrina fue interpuesto por la etarra Inés del Río Prada, que fuera miembro del comando Madrid de ETA en los años 80 junto a terroristas como Ignacio de Juana Chaos o Antonio Trotiño.

Fue condenada a más de 3.000 años de cárcel por su participación, entre otras acciones terroristas, en el asesinato de 12 guardias civiles en la Plaza de la República Dominicana de Madrid. Del Río también participó en el asesinato del comandante Sáenz de Ynestrillas y otros dos militares y en el del vicealmirante Escrigas.

Precisamente, este mes de abril, el Tribunal Constitucional avaló la doctrina al entender que no impide el fin de reinserción al que se orienta la política penitenciaria, aunque reconoce que dificulta "objetivamente" la posibilidad de reducir automáticamente el límite máximo de cumplimiento.

Así lo argumenta en 28 sentencias en las que considera que la doctrina no supone un obstáculo para que los penados puedan cumplir su condena con arreglo a las previsiones de la legislación penitenciaria, orientada a cumplir el mandato constitucional de "reinserción y reeducación social" de los presos.

                                                                                                     Anastasia Palomar y Aitana García






 

 

 

 

 

Dos doctrinas contradictorias


El Tribunal Constitucional estableció en 2008 el 'doble cómputo de penas', que abrió una brecha en la 'doctrina Parot'
 
Como explicamos en nuestra exposición, lo que intentaba la doctrina Parot era, que las personas que permanecían presas en las cárceles, lo estuvieran el mayor tiempo posible. Esta doctrina, la doctrina Parot, se relaciona con los presos terroristas de la banda ETA, pero es aplicable a todos los presos, sea cual sea el delito cometido.
La doctrina Parot, se crea como una "trampa", ya que lo que intenta, es que aquellos beneficios penitenciarios que consiga el recluso se apliquen a cada una de las condenas que tenga el interno de forma individual y no al cómputo máximo de cumplimiento de las penas que marca la ley, que es 30 años (actualmente de 40 años para los presos terroristas). Al intentar que los presos cumplieran sus penas reales, queriendo hacer efectiva la doctrina Parot con carácter retroactivo, se da el debate y la confusión, y finaliza con la anulación de la misma.
La aplicación de esta doctrina ha permitido hacer efectivo un mayor tiempo del cumplimiento de las condenas.
 
En 2008, el Tribunal Constitucional estableción una nueva doctrina, la del doble cómputo de las penas. Esta doctrina contempla la posibilidad de restar el tiempo que un recluso ha permanecido en prisión preventiva de cada una de las condenas firmes que esté cumpliendo por otros delitos. La sentencia del Tribunal Constitucional fue criticada por la fiscalía y el Tribunal Supremo, ya que abría una brecha en la doctrina Parot. De hecho, gracias a la aplicación de la doctrina del Constitucional, el etarra del comando Vizcaya Koldo Hermosa Urra, que, por aplicación de la doctrina del Supremo, debía permanecer en la cárcel hasta 2017, quedó en libertad en enero del 2011.
El Gobierno en la reforma del Código Penal, que entró en vigor en 2010, modificó el artículo 58.1, de modo que el tiempo pasado en prisión preventiva solo sea abonado únicamente en la pena efectiva que se aplique por esa causa y no en otras que tenga el individuo.
“El tiempo de privación de libertad sufrido preventivamente se abonará en su totalidad para el cumplimiento de la pena o penas impuestas en la misma causa en que dicha privación haya sido acordada”
Tanto la doctrina Parot como la del doble cómputo penal, son leyes que se crean para mantener a los individuos en prisión el máximo tiempo posible. Aún cuando hayan trabajado o por buen comportamiento puedan salir antes al exterior, deberíamos replantearnos nuestro parecer ante estos temas, ya que, como trabajadores sociales, deberíamos de creer en la reinserción de estos individuos, y al estar a favor de este tipo de doctrinas, estamos defendiendo que el castigo que deben de pagar los presos, sean terroristas, violadores, ladrones o que hayan cometido cualquier otro delito, sea el máximo posible.
 
Aitana García y Anastasia Palomar.