martes, 20 de mayo de 2014

ANTON TROITIÑO


A continuaci0n, voy a presentar una noticia en la cual explica todos los delitos cometidos por el etarra Anton Troitiño, uno de los presos a los que se le aplicó la llamada Doctrina Parot y más tarde la Doctrina del Doble Computo Legal, dando los datos de cada uno de ellos.
Este ya se encuentra fuera de prisión ,debido a la derogación de la Doctrina Parot llevada a cabo por el Tribunal de Estrasburgo, el cual alega que dicha Doctrina va en contra de los Derechos Humanos.
 
Después de leer esta noticia y conociendo un poco sobre la ya anulada Doctrina Parot y sobre las leyes penitenciarias de España, yo me pregunto si es ético que personas como Antón Troitiño puedan estar fuera de prisión.
 

Las 22 vidas que arrebató el etarra Antón Troitiño que Reino Unido detuvo en 2012

Antón Troitiño Arranz, alias Miguel Angel, nació el 26 de junio de 1957 en Tariego de Carrato (Palencia). Formó parte del llamado Comando Madrid, o Comando España de ETA durante su etapa más sanguinaria.
 
Fue detenido el 16 de enero de 1987, gracias al espectacular asalto de los GEO al piso de la calle Río Ulla de Madrid en la que se ocultaba el comando. Junto a él fueron capturados los miembros de ETA Cristina Arrizabalaga, María Teresa Rojo, Esteban Esteban Nieto, Inmaculada Noble y José Ignacio de Juana Chaos. De ese comando formaba parte igualmente Inés del Río Prada, pero logró escabullirse para ser detenida finalmente en junio de ese mismo año en Zaragoza.



La carrera asesina de Troitiño comenzó el 26 de octubre de 1983 en Irún, cuando participó en el asesinato del carnicero Lorenzo Mendizábal.



Lorenzo Mendizábal Iturrarte (1): Tenía 34 años cuando ETA acabó con su vida. Lorenzo fue tiroteado mientras atendía en su establecimiento. Recibió 8 disparos, cuatro de ellos en el pecho, lo que da imagen del ensañamiento de sus asesinos. Para sumar ignominia a su acción, los etarras aprovecharon para robar el bolso a la única clienta que había en la carnicería en el momento del asesinato. Por este crimen, Troitiño fue condenado a 20 años.



Aún en Euskadi, el 14 de junio de 1984 participó en el cruel asesinato del  guardia civil Segundo Ángel Zapatero Antolín en San Sebastián. Por el crimen, la Audiencia Nacional condenó a Troitiño a 29 años de cárcel.



Segundo Ángel Zapatero Antolín: Tenía 39 años, estaba casado y era padre de un niño de 11 años. Natural de La Mudarra (valladolid), era miembro de la Guardia Civil destinado al Servicio de Información. La explosión de una bomba adosada a los bajos de su Citroen GS hizo que el vehículo saltara por los aires, cayendo con las ruedas hacia arriba, a ocho metros de distancia.

Zapatero Antolín murió carbonizado, sin que pudiera hacerse nada por salvar su vida. La explosión hizo volar por los aires trozos de metralla que hirieron a José Evangelista Matías, un joven portugués que caminaba por la zona.



Nacido en Palencia, y hermano del también terrorista Domingo Trotiño, fue juzgado y condenado a 2.232 años por su participación en la masacre de la Plaza de la República Dominicana, en Madrid.  Además, Antón Troitiño fue condenado por los asesinatos del comandante Saénz de Ynestrillas, el teniente coronel Vesteiro y el conductor Francisco Casillas



La Justicia española condenó igualmente a Antón Troitiño por el atentado de la calle Juan Bravo de Madrid, que acabó con la vida de cinco jóvenes guardias civiles.

Además, en septiembre de 1998, la Audiencia Nacional condenó a Antonio Troitiño Arranz y a José Ignacio de Juana Chaos a 17 años de cárcel a cada uno, por el intento de asesinato, el 8 de mayo de 1986, de Luis Antonio Burón Barba, entonces fiscal general del Estado. El atentado contra Burón no tuvo lugar porque el día elegido, Troitiño y Soares Gamboa colocaron el coche en el lugar convenido, pero De Juana y López Riaño se quedaron dormidos.



Troitiño también fue condenado a 24 años de cárcel junto a De Juana Chaos por el intento de atentado en 1986 contra el General del Ejército Fernando Yrayzoz Castejón, en la Iglesia de San Antonio en Madrid.

Este atentado no se realizó, porque el día previsto Yrayzoz no acudió a la ermita donde los miembros de ETA le esperaban para acabar con su vida. El plan asesino se supo gracias a la declaración del arrepentido Soares Gamboa.

Atentado de la calle Juan Bravo de Madrid, el 25 de abril de 1986

Cinco agentes de la Guardia Civil fallecieron al explotar un coche-bomba en la confluencia de la calle Juan Bravo con Príncipe de Vergara, en el barrio madrileño de Salamanca, al paso de un vehículo con 9 agentes de la Benemérita. Además, el atentado cometido entre otros por Troitiño hirió gravemente a los otros cuatro.



Juan José Catón Vázquez (3) tenía 30 años y estaba soltero. Fue enterrado en su Palencia natal.

Juan Carlos González Rentero (4) era natural de Béjar, Salamanca. Con sólo 21 años, llevaba nueves meses en la Guardia Civil. Pese a su juventud había servido ya en Segovia, Salamanca, Barcelona, y Madrid, ciudad en la que perdió la vida.

La muerte de Alberto Alonso Gómez (5), nacido en París, dejó desolada a su familia. Pasados los años, Hortensia Gómez, su madre, expresó en el diario El Mundo (25/02/2007), lo que fue para ella la pérdida de su hijo: "Desde el asesinato de mi hijo, estamos todos muertos. Mi marido murió de pena al poco tiempo y yo no soy capaz ni de dedicarme a mi casa. No puedo estar sola".

Vicente Javier Domínguez González (6) contaba sólo con 25 de edad, y era soltero. Había nacido en Plasencia, Cáceres.

Juan Mateos Pulido (7) era de Cáceres como Vicente Javier, pero de la localidad de Robledillo de Trujillo. Tenía 30 años, estaba casado, y era padre de un hijo de dos años cuando ETA le arrebató la vida.

A todos la muerte les alcanzó temprano, poco después de las 7 de la mañana, cuando tras hacer los servicios de protección de varias sedes diplomáticas en Madrid abandonaban en un vehículo Land Rover la Embajada de Italia en la capital, ubicada en la calle de Juan Bravo.

El trayecto recorría varias embajadas para hacer los relevos de los compañeros que habían realizado el turno de noche, y en el momento del atentado se encaminaban a la sede diplomática de la URSS.



Los seis etarras que integraban entonces el Comando Madrid de ETA participaron en la matanza. En concreto eran Juan Manuel Soares Gamboa, José Ignacio de Juana Chaos, Anton Troitiño Arranz, Inés del Río Prada, Esteban Esteban Nieto e Idoia López Riaño.

Fuentes policiales señalaron en su día que el Land Rover fue alcanzado de lleno en el lateral derecho por la metralla y onda expansiva. La bomba había sido colocada en un coche aparcado en la acera, y fue detonada a distancia, desde una posición a no más de 200 metros de la escena.

El coche bomba llevaba tres ollas a presión con un total doce kilos de goma2, otros doce de amonal y cuarenta y ocho kilos más de metralla, la mayor parte tornillos, que se convirtieron en cuchillas con la detonación.

Atentado contra Sáenz de Ynestrillas, el 17 de junio de 1986

El coche en el que viajaba el comandante del Ejército de Tierra Ricardo Sáenz de Ynestrillas (8) junto al teniente coronel Carlos Vesteiro (9) y el soldado conductor Francisco Casillas (10) fue ametrallado por dos miembros de ETA, un atentado por el que Troitiño fue condenado a 87 años de cárcel por un delito de atentado con resultado de muerte y otros dos delitos de asesinato.

La etarra y el resto del comando se apostaron en la acera de la avenida del Manzanares frente al portal número 36, donde vivía el comandante Sáenz de Ynestrillas, cerca del estadio Vicente Calderón. Los etarras llevaban sus armas cubiertas de papel de periódico para no llamar la atención.

Cuando el Seat 124 de color azul oscuro en el que viajaban los tres militares, avanzaba entre las calles de San Conrado y San Rufo, los terroristas abrieron fuego a ráfagas. Un testigo presencial de los hechos relató a Efe que "uno de los terroristas metió la metralleta por la ventanilla del coche para rematar al teniente coronel Sáenz de Ynestrillas, que ocupaba el asiento de atrás".



El comandante Ricardo Sáenz de Ynestrillas nació en Madrid en 1936, estaba casado y tenía tres hijos cuando fue asesinado.

El teniente coronel Carlos Vesteiro había nacido el 4 de agosto de 1935 en La Coruña. Era experto en carros de combate. Sus restos fueron inhumados en el panteón de la Brigada Paracaidista de Alcalá de Henares.

El conductor Francisco Casillas tenía tan sólo 19 años y estaba soltero cuando fue asesinado. Llevaba seis meses haciendo el Servicio Militar como voluntario cuando ETA se cruzó en su camino.

Masacre de la Plaza de la Republica Dominicana, el 14 de julio de 1986

Inés del Río fue una de las autoras de la matanza de la plaza de la República Dominicana de Madrid, el 14 de julio de 1986, en la que murieron 12 personas, todos miembros de la Guardia Civil.

A primera hora del 14 de julio de 1986, apenas tres semanas después de que el PSOE ganara las elecciones generales por mayoría absoluta, ETA sembró de muerte la madrileña plaza de la República Dominicana.

Una furgoneta cargada de explosivos, aparcada junto a un kiosko de prensa, en el número 7 de la madrileña plaza de la República Dominicana, estalló al paso de un convoy de vehículos de la Guardia Civil, procedente de la Escuela de Tráfico de la calle Príncipe de Vergara.

Los etarras lograron la carnicería que habían perseguido al cargar la furgoneta con cinco ollas a presión que contenían un total detreinta y cinco kilos de goma 2 y varios kilos de metralla compuesta por tornillos, tuercas, varillas metálicas y eslabones de cadenas de acero.

Hacia las 7:45 horas, un convoy de vehículos de la Guardia Civil, formado por un autobús, un minibús y un todoterreno, salió del cuartel de la Escuela de Tráfico que tenía la Benemérita en la calle Príncipe de Vergara, en dirección a la Venta de la Rubia, en las afueras de Madrid, donde los guardias iban a realizar prácticas de conducción en motocicleta.

Justo en el momento en el que el convoy entraba en la plaza de la República Dominicana, los etarras activaron a distancia el artefacto explosivo. La explosión alcanzó de lleno el minibús. Doce jóvenes guardias civiles murieron, y otras setenta y ocho personas sufrieron heridas de diversa gravedad. La etarra Inés del Río junto Esteban Esteban Nieto se encargó de la vigilancia y de preparar el artefacto explosivo.



La tremenda explosión segó de inmediato la vida de de cinco guardias civiles:

Carmelo Bella Álamo (11), tenía 22 años y fue enterrado en la localidad pacense de Granja de Torrehermosa en la que había nacido.

Jose Calvo Gutiérrez (12), tenía sólo 19 años y era natural de Barcelona. Estaba destinado en el Departamento de Tráfico de Barajas.

Miguel Ángel Cornejo Ros (13), nacido en Burjasot (de Valencia), tenía 24 años y estaba casado.

Jesús María Freixes Montes (14), de veintiún años, fue enterrado en Lleida, ciudad en la que su padre, Francisco Freixes, era concejal independiente en el Ayuntamiento y corresponsal del diario ABC.

Teresa Freixes, hermana de Jesús María y profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, escribió una carta a ETA publicada por varios medios de comunicación. En ella Teresa afirmaba: "Solo puedo calificaros de asesinos y cobardes [...]. No puedo comprender la defensa del nacionalismo a través de la violencia, del asesinato» (ABC , 19/07/1986)". Según su hermana, que llamaba a la víctima Chus, los compañeros del fallecido le llamaban El Lleida por su defensa del catalán.

Jesús Jiménez Jimeno (15), originario de Cascante del Río (Teruel), murió en el acto cuando iba en el microbús que recibió el impacto frontal de la furgoneta-bomba. Tenía sólo 20 años

En las horas posteriores al atentado fallecieron otros cuatro guardias civiles:

Andrés José Fernández Pertierra (16), de 20 años y natural de Gijón, fue asesinado por ETA cuando llevaba poco más de tres meses en la Guardia Civil.

Jose Joaquín Garcia Ruiz (17), nacido en Merindad de Valdivieso, tenía 21 años en el momento de su asesinato. Estaba soltero.

Santiago Iglesias Godino (18), de Hondón de las Nieves (Alicante), llevaba sólo tres meses y medio en la Guardia Civil. Su familia decidió donar sus órganos para salvar otras vidas.

Antonio Lancharro Reyes (19), de 21 años de edad y soltero. Había nacido en la localidad pacense de Monesterio, que le dedicó una calle tras su muerte.

En los siguientes días a la masacre, y a causa de sus graves heridas, fallecieron otros tres jóvenes:

Javier Esteban Plaza (20), nacido en Guadalajara, tenía 26 años y novia formal. Falleció cuatro días después del atentado, el 18 de julio.

Ángel de la Higuera López (21), que falleció el 31 de julio, tenía 20 años y era natural de Alfacar (Granada). Según informó en su día el Ideal de Granada (17 de julio de 1986), Ángel de la Higuera era el menor de una familia humilde de siete hermanos y había estudiado hasta octavo de primaria. Gran aficionado a las motos, en Alfacar le apodaban Ángel Nieto, que era su ídolo.

Juan Ignacio Calvo Guerrero (22), de 25 años, casado y con un hijo de corta edad, murió en la Ciudad Sanitaria de la Paz el 5 de agosto, convirtiéndose en la víctima número doce del brutal atentado. Era natural de la Pola de Gordón (León), y acababa de llegar a Madrid después de cumplir su primer destino en Mieres.

Además, según recoge el libro 'Vidas Rotas' de Florencio Domínguez, la bomba también hirió de gravedad a varios agentes de la Guardia Civil:

Jesús García Rangel, cuyas secuelas físicas y psíquicas irreversibles le incapacitaron para seguir desempeñando su profesión; Miguel Ángel Martínez Díaz, que tuvo que abandonar su carrera como consecuencia del sufrimiento provocado por los trastornos neuróticos postraumáticos padecidos; Jacinto López Martínez, que tuvo que recibir la baja laboral permanente a causa de las heridas sufridas; Juan Izquierdo Sánchez, que perdió el ojo derecho y el 60 % de la audición del oído izquierdo; Miguel Ángel Dorado Castellanos, quien a causa de las secuelas en ambos oídos, en el ojo izquierdo y alteraciones epilépticas también se vio obligado a abandonar su profesión; Gabriel Aranda Sánchez, que causó baja definitiva en la Benemérita a consecuencia de las secuelas; José Manuel Jiménez Sánchez, que sufrió la pérdida del ojo derecho y otras heridas que le incapacitaron para el trabajo en el Instituto Armado.

Errónea puesta en libertad

Troitiño, condenado a 2.700 años de cárcel, fue puesto en libertad en abril de 2011, tras pasar 24 años en prisión, debido a una aplicación errónea de la llamada doctrina del doble cómputo penal.

Aunque en menos de una semana, la Justicia revocó su liberación, el etarra no esperó a ser localizado y se fugó. Más de un año después, el 29 de junio de 2012, fue detenido junto a la también etarra Lerín Sánchez, Belea, en un domicilio del barrio de Hounslow, en Londres.




Anastasia Palomar Terwiel
 

 

 

El violador del estilete


Otro ejemplo de los liberados y excarcelados de las cárceles, gracias a la anulación de la doctrina Parot, es el siguiente, esta noticia nos muestra, que no se puede aplicar la misma ley para todos los casos, y que debería de ser esta más personalizada, pero entonces entraríamos en el debate moral y ético, de que todos los ciudadanos somos iguales, y por lo tanto debemos de ser juzgados por las mismas leyes, siendo estas injustas en algunos de los casos.

Vuelve a prisión el 'violador del estilete', liberado por la derogación de la 'doctrina Parot'

La Policía Nacional ha detenido a Félix Vidal Anido tras intentar agredir a una mujer en Lugo. El 'violador del estilete' salió de la cárcel hace unos meses favorecido tras la anulación de la Doctrina Parot.
El Juzgado de instrucción número 1 de Lugo ha ordenado el ingreso en prisión de Félix Vidal Anido, de 50 años, conocido como el violador del estilete y excarcelado al anularse la doctrina Parot, como presunto autor de una nueva agresión sexual.
Vidal Anido, que ya había cumplido 35 años de cárcel por delitos sexuales, fue detenido este sábado después de haber intentado agredir a una mujer, con la que llegó a acceder a su vivienda, aunque la presencia de un hijo de la víctima provocó su huida. Según la denuncia de la mujer, Félix Vidal entró con ella en el portal y subió en el ascensor hasta su domicilio, donde pretendió entrar.

En su declaración ante el juzgado de guardia de Lugo, la mujer explicó que el agresor puso un pie en la puerta para que no pudiese cerrarla y le tapó la cara para evitar que gritase. Sin embargo, huyó al percatarse de que se encontraba en la vivienda el hijo de la mujer, que también prestó declaración ante el juez de guardia.

También acudió al juzgado un testigo, policía fuera de servicio, que habría visto al agresor salir del portal. Finalmente, el detenido fue trasladado a la sede judicial desde los calabozos de la comisaría provincial de Lugo, y se ordenó un registro en su domicilio en la localidad lucense de Pol, tras lo que fue llevado de nuevo al juzgado, donde su titular decretó el ingreso en la prisión de Bonxe, en el municipio de Outeiro de Rei.
Aitana García Hernández y Anastasia Palomar Terwiel

Cadena perpetua. Pros y contras.


En las anteriores entradas junto con mi compañera, hemos hecho referencia a todo aquello que tenía que ver con la doctrina Parot, su moralidad, si debía de volver a ser implantada o, si por el contrario, todas las personas que han cometido un delito, tengan un máximo de condena determinado, independientemente de la gravedad de su delito, como pasa en España, a causa de las diferentes leyes que atienden a este tema.

Con relación a la doctrina Parot y los años de condena que pueden cumplir aquellos individuos que han cometido alguna “acción” prohibida por las leyes, quiero abordar el tema de si en España sería factible, una vez reformada las leyes pertinentes, introducir la cadena perpetua, y la base ética y moral que este tema aborda.

El Código Penal, representa “los castigos” que da la sociedad  a aquellos, quienes realizan actos que ésta no admite. Es una Ley cargada de contenido moral e ideológico  que  varía con el tiempo.

Para que un sistema jurídico penal sea justo, requiere de varias características entre las que se encuentra la proporcionalidad de las penas  que se imponen y su relación con la gravedad de las conductas cometidas. En términos generales, si dejáramos el Derecho Penal a la decisión de las víctimas, nos encontraríamos con que se perdería esa proporcionalidad, ya que, posiblemente las victimas querrían el máximo castigo para su “agresor” porque se tendería a un cúmulo de penas altísimas.

¿Se debería reformar la Constitución para introducir la cadena perpetua?

El artículo 25 de la Constitución se limita a proclamar que «las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción y no podrán consistir en trabajos forzados».

La implantación de la cadena perpetua no va en contra de la Constitución, si se aplicara con la garantía de los llamados juicios de revisión, que consisten en que, a partir de un plazo predeterminado de cumplimiento de la pena, los jueces realizan una vista para comprobar si el recluso se ha arrepentido, está en condiciones de ser puesto en libertad sin peligro para la sociedad, y si está capacitado y desea poder reinsertarse a la sociedad y llevar una vida normalizada, al margen de la delincuencia. Es decir, si la deseable «reinserción» es posible.

La práctica de los  juicios de revisión, me parece importante, ya que, con este acto, puede ser más posible la reinserción del individuo, ya que además tienen la posibilidad, dependiendo de su comportamiento y voluntad, de que su condena se minimiza y pueda estar puesto en libertad con anterioridad y con mejores condiciones. Al contrario, de tomar la prisión como un mero castigo de privar al individuo de su libertad para encerrarle en una celda y no realizar ningún tratamiento ni trabajo con él.

 Existen juicios de revisión en Francia, Alemania, Austria, Bélgica, Finlandia, Suiza y otros países europeos, en los que la duración de la pena depende de la gravedad del delito. Por ejemplo en Italia es revisable a los 26 años; en Gran Bretaña, a los 20/25 años; en Grecia, a los 20; en Francia, Austria, Alemania y Suiza es revisable a los 15; en Dinamarca, a los 12 y en Irlanda a los 7. Lo que no impide que en esos países haya presos que cumplan más años en prisión. Por tanto, sería perfectamente factible conciliar la cadena perpetua con la reinserción siempre que se regulara la existencia de estos juicios de revisión, y el tratamiento en prisión sea una oportunidad real para el individuo de reinsertarse más que un mero castigo como tal.

 Las penas judiciales no tienen una sola función, tienen varias: el castigo del delito, de ahí su nombre de “pena”; el resarcimiento de la víctima, aunque sea sólo moral; la defensa de la sociedad, apartando de ella al infractor por un periodo de tiempo acorde con la falta; y la rehabilitación del condenado.

La implantación de la cadena perpetua no implica que el preso tenga que cumplir condena a perpetuidad, sino que pueda ser revisable, pasado un determinado número de años el juez determina si esa persona que está en prisión como consecuencia de un delito pueda volver a la sociedad. Dependiendo de si el juez considera que el preso se ha rehabilitado o no. La cadena perpetua revisable es una pena privativa de libertad de duración indeterminada para los delitos graves o muy graves, revisable de manera obligatoria cuando el condenado ha cumplido un largo período de tiempo en prisión. Se garantiza así el principio de resocialización.

El Código Penal español no contempla esta pena, a pesar de que el cumplimiento de las penas en España puede ser superior al de países en donde existe cadena perpetua revisable.
Aitana García Hernández.

domingo, 18 de mayo de 2014

Dilemas éticos entre los valores personales y la actuación profesional exigida en las instituciones (Caso práctico)

 Para entender el posible dilema ético que vengo exponiendo a lo largo de mis exposiciones en este blog, he buscado información acerca de la realidad que se está viviendo en muchos de los Centros de protección de menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social. Esta entrada está dedicada a entender la realidad emergente que muchos menores de nuestro país están viviendo y no somos conscientes de su situación.

En un informe monográfico redactado por “El Defensor del Pueblo” nos informa acerca de la realidad de estos centros, donde se pretende mostrar las condiciones de aquellos jóvenes que están ingresados en centros de acogimiento residencial por tener graves problemas de inadaptación familiar y social, vinculados muchas veces a trastornos de conducta o incluso a patologías psiquiátricas. Estas situaciones de inadaptación se asocian con frecuencia a los denominados trastornos de conducta, y se caracterizan por un patrón de comportamiento disruptivos que vulneran las normas usuales de la convivencia así como los derechos de otras personas. Manifestaciones típicas de esos comportamientos suelen ser:
-       La indisciplina y el fracaso escolar
-       El acoso o maltrato entre compañeros por abuso de poder o “bullyng”
-       La escasa o nula tolerancia a la frustración
-       Los desmanes asociados al “botellón” y/o el consumo de estupefacientes a edades tempranas
-       La proliferación de bandas juveniles
-       El mantenimiento de conductas singularmente exacerbadas y agresivas dentro de la familia. 

Este informe ha sido redactado tras las diversas quejas no solo de los padres, que piden el logro de una adecuada rehabilitación, sino también por parte de los educadores y Equipo Técnico, que trabajan o trabajaron en estos centros denunciando las irregularidades, e incluso vulneraciones de derechos, que presuntamente se estaban cometiendo en algunos de esos establecimientos, tales como prohibir a los menores la asistencia a un centro educativo, administrarles medicación contra su voluntad y sin la debida prescripción médica, o imponerles como castigo medidas de contención o de aislamiento.

En toda España existe un total de 58 centros, de los cuales la mayor parte de los recursos para la atención de estos menores están gestionados por entidades privadas que mantienen conciertos con las administraciones públicas competentes. En el momento de la elaboración del presente informe, 41 entidades privadas gestionaban 55 de los 58 centros existentes. Sólo en 3 casos la gestión se lleva a cabo de forma directa por la Administración pública. De tal modo que existe una diversidad de programas de intervención que se desarrollan en estos recursos, haciendo que los programas no respondan a una planificación previa por parte de la Administración basada en las necesidades de los menores, sino que se deriva en función de las plazas vacantes y no según las indicaciones clínicas o diagnósticas. A lo que respecta, el equipo técnico de muchos de los centros visitados mostraba su preocupación tanto por el incremento de menores que precisan una intervención más especializada, como por la escasez de recursos existentes, señalando que hay un gran número de menores que circulan de centro en centro y no acaban de encontrar una respuesta acertada a sus necesidades.

Algunas de las medidas que se utilizan para impedir o detener una acción violenta de los menores que pudiera resultar peligrosa para ellos mismos o para otras personas, cuando no estén dispuestos a cesar en su actuación, algunos centros aplican medidas de contención a los adolescentes, que pueden consistir en la contención física, la contención mecánica y el aislamiento o separación del grupo.

La contención física supone la aplicación de medidas de control físico ante las acciones violentas de los menores. En la mayoría de los centros se realizan contenciones físicas, y en el 75%, se les suministra tratamiento farmacológico. E incluso, a veces, recurren en ocasiones a la contención mecánica, consistente en amarrar al menor a la cama con mecanismos especiales, para evitar que se pueda mover. A lo que algunos directores de los centros manifestaron que las contenciones se realizaban mediante la inmovilización física del menor mediante un “abrazo” para pacificarle. Sin embargo, algunos menores señalaron que éstas se realizan manteniendo al niño/a contra el suelo y bocabajo, y con un exceso tal de agresividad que, en ocasiones, provoca lesiones físicas. Aunque las contenciones físicas han de limitarse a momentos puntuales de agitación grave y en ningún caso deberían usarse como sanción, en muchos centros, los menores se quejaban ante la  cotidianeidad con el que se realizan. Y a lo que se suma, que en algunos casos, esas contenciones son practicadas por educadores que carecen de formación para realizarlas.

Más de la mitad de los centros disponen de celdas de aislamiento activas, las cuales son verdaderamente atroces. Estas son nombradas como “sala de agitación”, “sala de reflexión”, “sala de tiempo fuera”, “espacios libres de estímulos”, “salas de baja estimulación”, etc.; con portones blindados de hierro y paredes forradas con caucho o goma de color negro, sin ventilación ni comunicación alguna al exterior, en las que los menores pueden permanecer recluidos por tiempo indeterminado, y cuyo uso es defendido por algún especialista con fines  clínicos o de seguridad. Así lo denominaban algunos mentores tras intentar justificar esta práctica: “se trata de que el niño toque fondo, de anular del todo su resistencia”.
Un instante de permanencia en el interior de esas terribles “salas” permite confirmar que su utilización nada tiene que ver con una actuación terapéutica, y que atentan no sólo contra la salud psíquica de los menores sino también contra su dignidad. Tan honda puede llegar a ser su soledad, que los niños, antes de entrar en esas celdas, reclaman a veces una medicación que les ayude a soportar la angustia del emparedamiento. 

Además, aunque todos los centros aseguraron que la medicación sólo se dispensa con el consentimiento del menor, solo uno centro matizo “con excepciones”. Sin embargo, menores de distintos centros se quejaban de: estar sobremedicados, que cuando se niegan a tomar fármacos o tienen alguna “crisis”, se les inyecta la medicación; o que se les obligase a tomar la medicación aún cuando se nieguen a ello. Algunos educadores manifestaron que normalmente los menores llegan al centro muy medicados –“sedados”- lo que, además de ser perjudicial para ellos, dificulta sumamente el trabajo con los niños.

La mayoría de estos centros aplican sistemas de intervención inspirados en el modelo conductista, favoreciendo que los profesionales en vez de tener una labor educativa-terapéutica pasen a ser meros controladores del cumplimiento de una serie de normas y reglamentos internos -más o menos rígidos, según cada centro- y del suministro de pastillas.

Por ello debemos preguntarnos, partiendo de un axioma cierto como el de que toda conducta responde a una motivación previa, ¿son violentos los adolescentes y por eso les aplican métodos agresivos, o bien, porque les aplican reglamentos rigurosos y agresivos, que ninguna persona normal soportaría, los adolescentes pierden los estribos y el respeto al tratamiento? Una de las palabras de un niño entrevistado en uno de los centros fue: “Cuanto más violentamente me tratan, más violento me vuelvo” y “Cuanto mejor me tratan y más querido me siento, más hago por portarme bien”.

Cuando la violencia es respondida con mayor violencia, hace que los menores sean más rebeldes, y si finalmente esta es abatida por la fuerza se estará creando un círculo vicioso de violencia, que hará imposible el cumplimiento de la finalidad educativa. La necesidad de someter a los menores, aunque sea utilizando la fuerza, lleva a cuestionarme que tiene de ético este tipo de actuaciones, como es por ejemplo, la contención, o en el caso del aislamiento y la administración de fármacos por la fuerza. Si realmente lo que se quiere es  el beneficio de los menores, porque debemos reducir su dignidad o autonomía casi como si fuesen criminales, solo por el hecho de que muchos de ellos vienen de ambientes familiares hostiles y solo conocen la parte más amarga de la vida.

Por ello, como trabajadores/as sociales debemos cuestionarnos si realmente este tipo de prácticas son de índole ético y si alguna vez llegamos a trabajar en una organización donde contemplemos este panorama preguntarnos ¿Qué debemos hacer? Pues muchas veces preferimos negar la realidad que tenemos delante o incluso llegar a ser cómplices sin saberlo o simplemente abandonar aquello que nos provoca malestar, por el mero hecho de no querer asumir la responsabilidad de cambiar tales circunstancias ya sea por miedo o por pasividad. Por eso, creo, que si alguna vez se me plantea un dilema ético entre lo que son mis valores personales y la actuación profesional exigida por las instituciones u organismos, estaré experimentando uno de los dilemas éticos más difíciles de resolver. 


Andrea García García, 3ºA1

Actuación policial en las manifestaciones en Europa

Amnistía Internacional es una Organización no Gubernamental internacional, presente en más de 150 países, cuyo objetivo principal es combatir y denunciar los abusos contra los derechos humanos a través de la investigación, la denuncia publica y el activismo.
En octubre de 2012 publicó un informe denominado "Actuación policial en las manifestaciones en la Unión Europea" en el documentan que , durante las manifestaciones, los métodos empleados por las fuerzas de seguridad no siempre cumplen las normas internacionales.
Muchas de las manifestaciones convocadas en Europa  han sido organizadas en respuesta a las medidas de austeridad impuestas por los gobiernos ante la actual crisis económica. En este contexto, ha habido frecuentes denuncias de uso excesivo de la fuerza y malos tratos por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley al dispersar dichas manifestaciones, aunque en la mayoría de los casos los participantes actuaban de forma pacifica. 
En muchos de estos casos, las investigaciones de las denuncias presentadas contra los agentes presuntamente responsables no han sido imparciales, exhaustivas ni efectivas, y en otros ni si quiera se ha abierto una investigación.
La actuación policial puede resultar complicada en estas situaciones, y en ocasiones tienen que recurrir al uso de la fuerza para garantizar la seguridad publica, pero en todo momento deben respetar el derecho internacional. En vista de que se continuarán celebrando manifestaciones, es recomendable que los gobiernos revisen los protocolos de actuación y tengan en cuenta esta realidad para evitar que se siga produciendo.

Entre los sucesos destacados por Amnistía Internacional se encuentran los siguientes:
  • Uso excesivo de la fuerza
  • Uso indebido de armas "menos letales" (sustancias químicas, balas de goma,etc)
  • Ataques contra periodistas y fotógrafos
  • Obstrucción del acceso a asistencia médica
Aportan testimonios de todos estos sucesos,principalmente situados en Grecia, Rumania y España. Destaco la narración de Angela Jaramillo:
El 4 de agosto de 2011 por la tarde se congregaron ante el Ministerio del Interior en Madrid, España,varios centenares de manifestantes. Ángela Jaramillo, de 58 años, contó a Amnistía Internacional que estaba sola junto a un banco del paseo de la Castellana, cuando vio avanzar hacia ella a unos 10 policías antidisturbios. No representaba ninguna amenaza y tenía las manos en alto, pero al pasar la policía junto a ella, una agente la golpeó en la cara con su escudo, haciéndola caer sobre el banco. La agente la golpeó luego en la rodilla izquierda con la porra, causándole una lesión por la que necesitó atención médica.
Un grupo de jóvenes vino en mi auxilio. […] En el banco, a mi lado derecho, se sentó una chica que me abrazó y me decía: “¿seguro que se encuentra bien?, ¿le duele mucho?, ¿cree que puede caminar?”. Al mismo tiempo otro joven recriminó a la policía desde el sitio en que nos encontrábamos. Les dijo: ‘‘¿no veis que es una señora mayor?, ¿como podéis pegarle?, sois unos salvajes”. Acto seguido, el grupo de policías se gira, retrocede, viene hacia nosotros y empieza a pegarnos otra vez [con las porras]. Es en ese momento cuando recibo un golpe muy fuerte, a la altura del muslo/cadera, del lado izquierdo. Me agacho, pongo los brazos tratando de protegerme la cabeza, giro ésta y puedo observar cómo golpean a todos los que vinieron en mi ayuda pero, en especial, a la chica que estaba sentada a mi derecha y que me abrazaba.
El 5 de agosto de 2011, Ángela Jaramillo presentó formalmente una denuncia por la agresión,
aportando pruebas como imágenes de la operación policial e informes médicos. El 15 de marzo de 2012, un juzgado de Madrid resolvió de manera definitiva no admitir la denuncia porque la agente responsable no había podido ser identificada.

A modo de reflexión hay que resaltar que en toda Europa está aumentando el tamaño y la frecuencia de las manifestaciones. Con el uso excesivo de la fuerza, la disolución injustificada de las manifestaciones y las detenciones arbitrarias se corre el riesgo de que la indignación contra el gobierno se torne en indignación contra la policía, con lo que se intensificará la tensión y aumentará el riesgo de que se genere más violencia. 
Desde la perspectiva ultilitarista cabria preguntarse ¿cuál es en este caso el fin "mayor" que justifica los medios, mantener a la ciudadanía silenciada o investigar y eliminar las conductas en contra de los derechos humanos?
En toda la UE, los gobiernos deben comunicar claramente estas obligaciones a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y asegurarse de que se cumplen.



Raquel Hernando San Juan

sábado, 17 de mayo de 2014

El prejuicio, un mal común.

Muchas veces manifestamos una actitud prejuiciosa sin darnos cuenta y realmente esto hace que no podamos mejorar como persona ni tampoco ya hablando en común como sociedad.

Esto no tiene la culpa nadie, solo nosotros mismos,  ya que tenemos que ser conscientes de que estos prejuicios existen y cuando seamos conscientes de los que tenemos pues trabajarlos para poder superarlos.

Podemos tener prejuicios hacia personas, cosas, incluso de ideas. Lo manifestamos cuando experimentamos una apreciación negativa de algo sin primero conocerlo lo suficiente. 

Básicamente el prejuicio nace de la ignorancia. De juzgar un asunto sin conocer lo suficiente del mismo, sino simplemente por una la impresión o la imagen que nos deja, o por comentarios y apreciaciones ajenas. O simplemente por ser algo impopular, o que no goza de la aceptación de una mayoría. 
 
La RAE define el prejuicio como: 
1. Acción y efecto de prejuzgar.
2.Opinión previa y tenaz, por lo general desfavorable, acerca de algo que se conoce mal.

Muchas veces cuando llegamos a conocer la fuente de nuestro prejuicio deja de ser tal, ya que la ignorancia era lo que nos hacia prejuzgar.


Es cierto que en muchas ocasiones, l prejuicio lleva consigo un fuerte contenido emocional. Para la persona que tiene un prejuicio, éste constituye algo importante, algo en donde siente su personalidad e identidad básica implicada. Muchas personas puede incluso definirse como tales en función de ese prejuicio.
Esto es lo que hace tan difícil superarlo o simplemente trabajarlo.


También es difícil modificarlo o cambiarlo, porque eso implicaría que estamos equivocados en un asunto básico de nuestra vida y personalidad. Y a nadie le gusta estar equivocado, especialmente en un tema que ha sido tan importante en su vida. 

Como el prejuicio está vinculado a emociones fuertes e intensas, trae consigo algunos hechos adicionales como que "yo tengo la razón y el otro no", una tendencia a la intolerancia.

Por ultimo, os dejo unas frases del gran Albert Einstein sobre el prejuicio:

¡Triste época la nuestra! Es más fácil desintegrar un átomo que un prejuicio. 

“La mayoría de la gente se avergüenza de la ropa raída y de los muebles destartalados, pero más debería ruborizarse de las ideas nocivas y de las filosifías gastadas” 

“El sentido común no es más que un depósito de prejuicios establecidos en la mente antes de cumplir dieciocho años”
 


Ana Mª Jimenez Hernanz.

Cárceles del mundo.















Las cárceles por lo común es una institución autorizada por el gobierno. Es el lugar donde son encarcelados los internos y forma parte del sistema de justicia de un país o nación. Nuestro sistema penitenciario, ha sufrido algunos casos de maltrato o corrupción en la prensa, pero he querido ir mas allá ya que nuestras cárceles parecen las prisiones más eficientes comparadas con algunas del sur de América.

Particularmente, en México el sistema judicial y carcelario ahora mismo sufre una de las peores crisis de su historia, a día de hoy las cárceles parecen pequeños pueblos vallados que sufren constantemente Corrupción, impunidad, hacinamiento, contención de presos inocentes, tráfico de drogas, complicidad de autoridades con delincuentes. Llegan casos casi a diario de ajustes de cuentas entre bandas dentro de la propia prisión, o casos en los que personas de manera voluntaria han decidido entrar en la cárcel para poder traficar con drogas y llegar a ganar muchísimo más dinero que en la propia calle, el sistema penitenciario está tan desbordado que las celdas se han convertido en pequeñas habitaciones en las que pueden convivir hasta más de 10 presos, estas celdas son alquiladas por los guardias de manera que si un preso no tiene con que pagar dormirá en el suelo del patio junto con el resto de presos que no tiene dinero.
Otra cosa que me ha llamado la atención, es que en dichas cárceles si por cualquier motivo arrestan a tu padre y quieres vivir con el, puedes pedir el encarcelamiento de manera voluntaria y vivir con tu familia dentro de la cárcel, con la única condición de que de que pueden abandonar el recinto en cualquier momento y de forma voluntaria.

Brasil, si hay un país con mayores diferencias entre presos es este, desde que a Brasil se le nombro país olímpico la población carcelera no ha parado de incrementar, las cárceles de brasil son las más peligrosas del mundo, ya que dentro de ellas los casos por violencia de bandas y asesinatos son los de mayor número frente a robos y tráfico de drogas.
Pero si algo me ha llamado la atención por lo que he leído de las cárceles en Brasil, es la gran diferencia que hay entre presos "ricos" y presos pobres, los presos pobres a duras penas pueden sobrevivir día a día los presos ricos y famosos viven en habitaciones que cuentas algunas con lujos como televisiones planas, jacuzzis aire acondicionado... Estos presos se hospedan en el ala de baja seguridad y por lo que han contado numerosos testigos, esta zona cuenta hasta con un pequeño casino donde los ricos bajan a jugar todos los días, en el se sirven bebidas, hay mujeres y niños ya que en brasil en numerosas cárceles no hay prisiones diferenciadas por sexos por el gran número de presos. Los escándalos que azotan estas prisiones son inverosímiles, desde tráfico de drogas ajustes de cuentas, sobornos hasta venta de órganos.

Hablando de este último, me llamó la atención una noticia que leí del periódico sobre las cárceles en china que decían los siguiente:

"Acusan a China de vender los órganos de los presos que son ejecutados para transplantes La Sociedad de Transplantes Británica ha acusado a las autoridades chinas de vender los órganos de los miles de ejecutados en el país para ser utilizados en transplantes. Algunos médicos apuntan, incluso, que la fecha de algunas ejecuciones podría haberse adelantado para adaptarse a las necesidades de los compradores y de los pacientes que debían ser sometidos al transplante."

Si esto, es cierto hasta que punto hemos llegado a despreciar la vida no sólo de los presos sino del ser humano en general, como dije en mi antiguo aporte el tráfico de órganos está prohibido en todo el mundo, pero ¿Cómo puede ser una institución pública la encargado de esto?

Después de esto, considero que las cárceles españolas no están tan mal como algunos creen, es más puede que hasta funcionen de manera eficiente en comparación con estas.
                                                                                 

                                                                               Alejandro Coloma Ortega 3ºA